13. Ley Antiokupas (LO 5/2024)
Análisis Jurídico de la Ley Antiokupas y las claves para su aplicación
La Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, conocida como «Ley Antiokupas», representa una respuesta legislativa integral al creciente problema de la ocupación ilegal de inmuebles en España. Este fenómeno, que ha afectado tanto a propietarios particulares como a comunidades de vecinos, ha generado un importante debate jurídico, social y político.
Publicada en el BOE y con entrada en vigor prevista para el 15 de mayo de 2024, esta ley introduce cambios significativos en los procedimientos judiciales, incluyendo juicios rápidos, desalojos exprés y endurecimiento de penas, mientras aborda también la protección de personas vulnerables. Sin embargo, su aprobación estuvo rodeada de controversia, incluida la participación involuntaria de EH Bildu en una votación clave, lo que podría abrir la puerta a futuras modificaciones o incluso a su derogación.
Información sobre la Ley Antiokupas (Ley orgánica 5/2024)
1.Contexto y Justificación de la Ley
La Ley Antiokupas se enmarca en un contexto de creciente presión social y política para resolver el problema de la ocupación ilegal, especialmente en zonas urbanas. Según datos oficiales, el aumento de las ocupaciones ha impactado tanto a pequeños propietarios como a grandes tenedores, generando inseguridad jurídica y conflictos vecinales. La ley responde a dos objetivos principales:
- Proteger el derecho a la propiedad privada, garantizando procedimientos más ágiles y efectivos para recuperar inmuebles ocupados ilegalmente.
- Asegurar la función social de la propiedad, mediante medidas de protección para los ocupantes vulnerables y un control más estricto de los inmuebles deshabitados.
Además, la normativa refuerza el marco procesal existente, complementando reformas previas como la Ley 12/2023, que modificó la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) para introducir procesos de desalojo más ágiles y directos.
2. Claves de la Ley Orgánica 5/2024
2.1. Desalojos Exprés y Juicios Rápidos
- Los delitos de usurpación y allanamiento de morada ahora se tramitan bajo procedimientos de juicios rápidos.
- Plazos procesales:
- Audiencia inicial: 72 horas tras la presentación de la demanda.
- Juicio: En un plazo máximo de 15 días.
- Sentencia: Emitida en tres días tras el juicio.
- El desalojo se ejecuta en 24 horas, salvo que los ocupantes acrediten un derecho legítimo o una situación de vulnerabilidad.
2.2. Endurecimiento de Sanciones
- Ocupaciones violentas: Hasta tres años de prisión.
- Ocupaciones no violentas: Hasta 18 meses de prisión, eliminando las multas leves que se aplicaban anteriormente.
2.3. Protección a Ocupantes Vulnerables
- Los servicios sociales deben intervenir en casos de vulnerabilidad para garantizar alternativas habitacionales antes del desalojo.
- Suspensión temporal del desalojo:
- Dos meses si el propietario es una persona física.
- Cuatro meses si es una persona jurídica, como bancos o fondos.
2.4. Medidas Contra Conductas Antisociales
- La ley establece mecanismos para prevenir estrategias obstructivas, como dejar muebles o causar desperfectos antes de un desalojo (art. 703 LEC). Los bienes abandonados podrán ser retenidos para cubrir daños.
2.5. Función Social de la Propiedad
- Introducción de la posibilidad de expropiación temporal del uso de viviendas deshabitadas que incumplan su función social, en línea con políticas autonómicas sobre vivienda digna.
3. Relación con la Ley de Enjuiciamiento Civil
La Ley Antiokupas complementa varias disposiciones de la LEC:
- Entrega inmediata del inmueble (art. 703.1 LEC): El letrado de la administración de justicia ordenará la posesión inmediata al ejecutante.
- Procedimientos contra ocupantes desconocidos (art. 704.2 LEC): Notificación pública para garantizar el derecho de defensa antes del desalojo.
- Desalojo exprés (art. 441.1 bis LEC): Se introduce un incidente especial que permite desalojar de forma inmediata si se acredita el justo título del propietario.
4. Limitaciones de la Reforma
Es importante destacar que esta medida no afecta a los inquilinos que dejan de pagar el alquiler pero permanecen en la vivienda. Estos casos se consideran incumplimientos contractuales y se gestionan en el ámbito civil, donde los procedimientos suelen ser más extensos y complejos. Por lo tanto, la reforma no ofrece una solución rápida para los propietarios en situaciones de impago de rentas por parte de sus arrendatarios.
La distinción entre ocupantes ilegales y arrendatarios morosos radica en la naturaleza de su posesión del inmueble. Los ‘okupas’ carecen de cualquier título legal que justifique su estancia, lo que constituye un delito de usurpación o allanamiento de morada, dependiendo de si la vivienda es habitual o no. Por otro lado, los inquilinos morosos poseen un contrato de arrendamiento válido, y su incumplimiento se considera una cuestión contractual que debe resolverse en la jurisdicción civil.
5. Controversias en la Aprobación y Posibles Derogaciones
La tramitación de la Ley 5/2024 estuvo marcada por un error parlamentario de EH Bildu, que apoyó involuntariamente enmiendas clave que facilitaron su aprobación. Este incidente ha generado tensiones políticas y podría llevar a su revisión o derogación antes de mayo de 2024.
Además, la ley enfrenta críticas sobre:
- Capacidad de implementación: Las administraciones públicas necesitarán recursos significativos para gestionar los casos de vulnerabilidad y garantizar alternativas habitacionales.
- Restricciones para grandes tenedores: La normativa exige intentos previos de mediación antes de iniciar procesos judiciales, lo que podría ralentizar los desalojos en algunos casos.
Impacto de la nueva Ley Antiokupas y escenarios futuros
Si entra en vigor:
- Procedimientos más rápidos para desalojos, especialmente beneficiosos para pequeños propietarios.
- Refuerzo de la función social de la propiedad, incluyendo control de inmuebles deshabitados.
- Mayor presión sobre administraciones públicas para garantizar alternativas habitacionales.
Si es derogada antes de mayo de 2024:
- Se mantendría el marco procesal actual, que implica tiempos más largos y procesos más complejos para desalojos.
La Ley Antiokupas representa un esfuerzo ambicioso por equilibrar la protección de los derechos de los propietarios con la atención a las necesidades sociales. Su entrada en vigor podría marcar un antes y un después en la lucha contra la ocupación ilegal en España. Sin embargo, la incertidumbre política y los desafíos logísticos plantean dudas sobre su futuro inmediato.
En Florián de Tomás Abogados, estamos atentos a la evolución de esta normativa para ofrecerte un asesoramiento completo y actualizado. Contáctanos para analizar tu caso y garantizar la protección de tus derechos.