Indemnización

1. Indemnización de 325.597,47 € por colapso de muro de contención

Casos de éxito  |  julio 24, 2024

En el juicio llevado a cabo en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de La Orotava, la sociedad limitada representada por Florián de Tomás Abogados, logró una significativa victoria contra su aseguradora, reclamando una indemnización de 325.597,47 €.

Reclamación de la indemnización

La S.L. demandó a la aseguradora, exigiendo una indemnización de 325.597,47 € por los daños sufridos debido al colapso de un muro de contención en su establecimiento hotelero. La causa del colapso se atribuye a la rotura accidental de una canalización de agua potable, desglosándose la reclamación como sigue:

  • 286.360,46 € por daños materiales.
  • 27.000 € por lucro cesante.
  • 12.237,01 € por gastos complementarios.

Defensa del Demandado:

  1. Negación de la causa del siniestro.
  2. Alegación de exclusión de cobertura por defecto propio o defectuosa conservación del objeto asegurado.
  3. Cuestionamiento de la cuantificación de los daños que conforman la indemnización.

Pruebas Presentadas

Se presentaron pruebas periciales y testimonios principalmente relacionados con el consumo de agua y la situación estructural del muro.

Fundamentos Jurídicos Utilizados por el Juez

  1. Cumplimiento Contractual:
    • Artículos 1091 y 1258 del Código Civil: Regulan el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
    • Artículos 18, 19 y 25 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS): Regulan las obligaciones de las partes en un contrato de seguro de daños.
  2. Acción de Reclamación de Indemnización:
    • Definición del contrato de seguro: El contrato de seguro obliga al asegurador a indemnizar al asegurado en caso de ocurrir el evento asegurado, dentro de los límites pactados.
    • Importancia de la póliza: La póliza es el documento que formaliza los derechos y obligaciones de las partes.
  3. Determinación de la Causa del Siniestro:
    • Pruebas Periciales: Se utilizaron peritajes y testimonios para determinar la causa del siniestro. Los peritos del demandante demostraron que el consumo de agua potable aumentó significativamente durante los meses previos al siniestro, lo que indica una rotura en la canalización.
    • Rechazo de otras causas: Las explicaciones alternativas ofrecidas por la demandada, como defectos en el pozo negro o la construcción defectuosa del muro, no fueron probadas de manera convincente.
  4. Cobertura del Seguro:
    • Cláusulas de la póliza: La póliza cubre daños materiales causados por roturas o desbordamientos de canalizaciones de agua.
    • Exclusión de Cobertura por Defecto Propio o Conservación Defectuosa: No se probó que el muro de contención tuviera defectos de construcción o conservación. La aseguradora no presentó pruebas suficientes para sustentar esta exclusión.
  5. Fijación del Importe Indemnizatorio:
    • Evaluación de los Daños: El juez consideró que la parte demandante demostró adecuadamente los costos de reparación del muro. La construcción de un muro de hormigón, en lugar del muro tradicional, no se consideró un enriquecimiento injusto debido a la mayor eficiencia y menor coste a largo plazo.
    • Principio de Restitución Integral: La indemnización debe cubrir los gastos reales incurridos por el asegurado para reparar los daños causados por el siniestro.
  6. Intereses Legales:
    • Artículo 20 de la LCS: El asegurador debe pagar intereses desde la fecha del siniestro si no justifica adecuadamente la demora en la indemnización. En este caso, la aseguradora no presentó justificación válida para retrasar el pago.

Decisión del Juez

El juez decidió a favor de la S.L. representada por Florián de Tomás Abogados ordenando a la aseguradora a pagar la suma de 325.597,47 € en concepto de indemnización más los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro correspondientes desde la fecha del siniestro.

Razones de la Decisión

  1. Pruebas Periciales y Testimoniales: Favorecieron la versión del demandante sobre la causa del siniestro.
  2. Cobertura de la Póliza: La póliza de seguro cubría específicamente los daños causados por roturas de canalizaciones de agua.
  3. Ausencia de Defectos: No se comprobó la existencia de defectos propios o conservación defectuosa del muro.
  4. Reconstrucción Justificada: La reconstrucción del muro en materiales modernos se justificó por razones prácticas y económicas, sin constituir un enriquecimiento injusto.
  5. Insuficiencia de los Argumentos de la Aseguradora: No lograron desvirtuar las pruebas presentadas por el demandante.

En conclusión, el juez resolvió a favor de la S.L. representada por Florián de Tomás Abogados, ordenando a la aseguradora a pagar la suma de 325.597,47 € en concepto de indemnización más intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro devengados desde la fecha del siniestro. La decisión se fundamentó en la interpretación de los términos de la póliza, la evaluación de las pruebas presentadas y la aplicación de principios jurídicos fundamentales sobre contratos de seguro y cumplimiento de obligaciones contractuales.

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Link a la Ley de Contrato de Seguro https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1980-22501