4. Caso de Indemnización por Lesiones en Accidente de Tráfico 102.553,67 €
En el marco de la actuación de Florián de Tomás Abogados, se llevó a cabo un exitoso procedimiento judicial que culminó con una resolución favorable para los demandantes, consiguiendo una indemnización por lesiones justa sufridas en un accidente de tráfico. Este caso pone en relieve la importancia de un asesoramiento jurídico especializado y la aplicación efectiva de la normativa vigente.
Hechos del caso de indemnización por lesiones
El juicio en cuestión se refiere a un accidente de tráfico ocurrido en la vía TF-5 sentido Santa Cruz de Tenerife a la altura del kilómetro 47010. Los hechos ocurrieron el 2 de mayo de 2009, cuando un accidente de tráfico resultó en lesiones imprudentes al demandante y a su hija, representados ambos por Florián de Tomás Abogados. El accidente fue provocado por la imprudencia leve del demandado, según lo establecido en los artículos 621.3 y 4 del Código Penal, donde se tipifica como falta las lesiones imprudentes en el ámbito de la circulación.
El denunciado conducía un vehículo de su empresa, e invadió el carril contrario al tomar una curva cerrada, colisionando con la motocicleta propiedad del denunciante, quien circulaba correctamente acompañado de su hija menor. Como consecuencia del accidente, el frontal de la motocicleta impactó contra el lado derecho del vehículo del denunciado, resultando en la proyección de los ocupantes de la motocicleta hacia la luna delantera del turismo, con graves consecuencias para los mismos.
Lesiones y Daños
El accidente causó lesiones graves tanto al conductor de la motocicleta como a su hija. El conductor sufrió múltiples fracturas y politraumatismos, mientras que su hija quedó con limitaciones funcionales y secuelas estéticas permanentes. Además, se produjo la pérdida de bienes materiales, incluidas ropas y efectos personales de las víctimas.
Procedimiento Judicial
El caso fue procesado bajo Juicio de Faltas ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de La Orotava. Durante las dos sesiones celebradas los días 4 de octubre y 7 de noviembre de 2011, se presentaron pruebas concluyentes que demostraban la imprudencia del conductor quien invadió el carril contrario provocando el accidente.
Hechos Probados
- Conducción Imprudente: Quedó probado que el conductor denunciado en un acto de imprudencia leve, invadió el carril contrario en una curva, provocando el choque frontal con la motocicleta. Esto derivó en la reclamación de una indemnización por lesiones.
- Lesiones y Secuelas: Los denunciantes representados por Florián de Tomás Abogados sufrieron lesiones graves y secuelas duraderas, que impactaron negativamente en su calidad de vida, lo que justificó el monto total de la indemnización por lesiones concedida.
- Daños Materiales: Se confirmó la existencia de daños en los bienes personales de las víctimas, así como en la motocicleta.
Decisión Judicial
El tribunal, tras la evaluación de las pruebas y la declaración de los peritos, concluyó que la conducta del denunciado constituía una falta de lesiones por imprudencia leve, tipificada en el artículo 621.3 del Código Penal. Se consideró que, aunque la imprudencia podría haber sido calificada como grave, el juez valoró las circunstancias del accidente y concluyó que el grado de imprudencia era leve, procediendo a dictar una resolución que recoge una importante indemnización por lesiones.
Penas Impuestas
- Multa: Se impuso al denunciado una multa de diez días, a razón de seis euros diarios, como sanción por la falta cometida.
- Privación del Derecho a Conducir: Se le prohibió conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período de tres meses, debido al riesgo creado por la invasión del carril contrario.
Responsabilidad Civil e indemnización por lesiones
El tribunal estableció una responsabilidad civil directa para la aseguradora del vehículo causante del accidente y subsidiaria para la empresa como propietaria del vehículo. La indemnización por lesiones total se fijó en 102.553,67 euros, desglosada de la siguiente forma:
- Lesiones al conductor: 44.299,66 euros.
- Daños personales a su hija menor: 52.536,02 euros.
- Daños materiales al conductor: 3.902,74 euros.
- Daños materiales a su hija menor: 1.815,25 euros.
Fundamentos Jurídicos
- Imprudencia Leve: El artículo 621.3 del Código Penal establece sanciones para aquellos que, por imprudencia leve, causen lesiones a terceros. La jurisprudencia exige que exista una acción u omisión voluntaria no intencional, acompañada de un factor psicológico de desconsideración de las consecuencias previsibles y un factor normativo, que se concreta en la violación del deber de cuidado. Este fue el caso del denunciado, al invadir el carril contrario, provocando un daño directo a las víctimas.
- Responsabilidad Civil: En relación con la indemnización por daños y perjuicios, la responsabilidad civil está contemplada en el artículo 1.902 del Código Civil, que dispone que quien cause daño a otro por acción u omisión, está obligado a repararlo. La aseguradora del vehículo, se hizo cargo de la compensación económica.
Conclusión
Este caso es representativo de cómo Florián de Tomás Abogados abordó un proceso complejo, garantizando que las víctimas recibieran una compensación adecuada por las graves lesiones sufridas. A través de una estrategia jurídica sólida, pruebas contundentes y el uso efectivo de las normativas aplicables, se logró un resultado justo para los demandantes.
Este juicio, además de ser un precedente importante en la reclamación de una indemnización por lesiones en accidentes de tráfico, destaca la necesidad de un asesoramiento jurídico especializado en situaciones de imprudencia leve, donde el daño causado puede ser irreversible.
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Link a la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-18911